Aprobado una ayuda extraordinaria de 2000 € para personas autónomas y microempresas frente la COVID-19

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Aprobado una ayuda extraordinaria de 2000 € para personas autónomas y microempresas frente la COVID-19

El Gobierno de la Generalitat ha aprobado una ayuda extraordinaria para el mantenimiento de la actividad económica de personas autónomas y microempresas frente la COVID-19 de 2000.-€ dirigida a:

  • Las personas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o por cuenta propia de la Seguridad Social (RETA), o bien, una mutualidad como sistema alternativo al RETA, que ejerzan la actividad económica como persona física.
  • Las personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA, o bien en un sistema alternativo al RETA, socias de una empresa con personalidad jurídica propia (máximo de 3 socios). No podrán solicitar la ayuda las empresas con personalidad jurídica que la suma de  personas  socias y personas trabajadoras sea superior a 6 (media del año 2019).
  • Socios de las cooperativas de trabajo asociado que cotizan al RETA o a un sistema alternativo al RETA, siempre que la cooperativa esté formada como máximo por 3 socios trabajadores. No podrán solicitar la ayuda las cooperativas que la suma de las personas socias y personas trabajadoras no socias sea superior a 6 (media del año 2019).

Y siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos:

  • La base imponible de la última declaración de la renta de las personas físicas disponible debe ser igual o inferior a 35.000 euros.
  • Que en las declaraciones de los tres primeros trimestres del ejercicio 2020, o periodo equivalente, la base imponible sea igual o inferior a 13.125 euros.
  • Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat.
  • Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad como sistema alternativo al RETA de forma ininterrumpida antes del 1 de Octubre de 2020 y como mínimo se deberá de estar de alta hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • Domicilio fiscal en un municipio de Cataluña.
  • Estar en situación de alta en el RETA o en una mutualidad, y permanecer de alta hasta el 31 de diciembre de 2020.

Ampliación de la información en el siguiente enlace de la pagina de gencat:

https://treballiaferssocials.gencat.cat/ca/el_departament/coronavirus-sars-cov-2/ajutscovid/ajutmantenimentactivitateconomica/#

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,