Real Decreto-ley 2/2021 del 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.

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Real Decreto-ley 2/2021 del 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.

Las medidas incorporadas en esta norma tienen por objeto efectuar los ajustes necesarios para mantener las medidas de apoyo que se habían establecido en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, y que se siguen considerando imprescindibles de cara a la recuperación del tejido productivo.

Las modificaciones afectan a tres aspectos:

1.   Prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente.

  • Requisito: Actividad suspendida por resolución de autoridad competente.
  • Cuantía: 50 % base mínima cotización.
  • Duración: Desde el día siguiente a la adopción de medidas y hasta el último día del mes en que se acuerde el levantamiento de medidas.
  • Cuota autónomos: exonerado el pago.

2.  Prestación extraordinaria para trabajadores autónomos de temporada.

3.  Ampliación de la prestación ordinaria de cese de actividad, compatible con el trabajo por cuenta propia.

  • Requisito: Reducción de los ingresos durante el 1º semestre del 2021 de más del 50% de los habidos en el 2º semestre del 2019, así como no haber obtenido durante el 1º semestre del 2021 unos rendimientos netos superiores a 7.980 €.
  • Cuantía: 70 % base mínima cotización.
  • Duración: Desde el día 1 de Febrero de 2021 y hasta el 31 de Mayo de 2021 (o a partir del del 22 de Febrero si se tramita después de esa fecha)
  • Cuota autónomos: se pagará pero será abonado por la mutua junto con la prestación.

 

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,