

COMUNICACIÓN EN RELACIÓN A LA CONSIDERACIÓN DE ACTIVIDAD INDUSTRIAL ESENCIAL INCLUIDA EN El APARTADO 2,4 y 5 DEL ANEXO DEL RD 10/2020, DE 29 DE MARZO
(SOLO AFECTA A LAS EMPRESAS (Personas Físicas o Personas Jurídicas con TRABAJADORES ASALARIADOS por cuenta aliena)
Se ha habilitado un mecanismo de comunicación a la administración de actividad esencial o de apoyo a la actividad esencial, para dar seguridad a las empresas industriales manufactureras y a las personas trabajadoras como control a las empresas y personas trabajadoras en sus desplazamientos, y para poder continuar con su actividad durante el periodo de declaración del estado de alarma, las industrias manufactureras, tienen que hacer saber a la Administración ( GENERALITAT) que su actividad está considerada como esencial.
Las actividades industriales manufactureras consideradas esenciales son las que se encuentran recogidas en los supuestos 2, 4 y 5 del anexo del Real decreto ley 10/20202, de 29 de marzo:
• aquellas que se llevan a cabo de manera directa como actividad esencial
• las que llevan a cabo los proveedores críticos para la actividad esencial.
Facilitamos los enlaces de la página de la Generalitat y el Formulario descargado correspondiendo a cada modalidad:
MODALIDAD – APARTADO 2 i 4
to a la Modalidad apartado 2 y 4 en la Generalitat
formulari Generalitat Actividades Essenciales Apt. 2 y 4
MODALITAT – APARTA 5
to a la Modalidad apartado 5 en la generalitat
formulari Generalitat Actividades Manufactureras Apt 5
Un cordial saludo.