

Ayuda para trabajadores autónomos afectados por el coronavirus
Ayudas de hasta 2.000 euros, si acreditan una reducción drástica e involuntaria de su facturación por la crisis provocada por el coronavirus, que su actividad es una de las que las autoridades sanitarias han decretado que tienen que parar y que no disponen de otras fuentes de ingresos alternativos.
El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies establirà un ajut, en forma de prestació econòmica, de fins a 2.000 euros per a les persones treballadores autònomes -persona física-, que acreditin una reducció dràstica i involuntària de la seva facturació com a conseqüència dels efectes del coronavirus en la seva activitat econòmica, i sempre que figurin d’alta en activitats de les que les autoritats sanitàries han decretat el tancament i no disposin d’altres fonts alternatives d’ingressos.
Per accedir a aquest ajut, les persones treballadores autònomes – persona física– hauran d’estar donades d’alta R.E.T.A., al règim especial de treballadors autònoms de la Seguretat Social (RETA), i amb domicili fiscal a Catalunya.
L’accés a l’ajut s’aconsegueix mitjançant l’acreditació de pèrdues econòmiques en el mes de març de 2020 en comparació amb el mateix mes de març de 2019.
En el cas de les persones treballadores autònomes amb una antiguitat al RETA inferior a un any, la comparació es farà amb la mitjana de la facturació mensual des de l’alta al RETA.
Ayudas/financiación
En el ámbito de Cataluña. Préstamos destinados en su mayoría a PYMES Y AUTÓNOMOS.
Actualmente se está trabajando en el formato de los Préstamos, aún que se puede adelantar de forma provisional los importes.
Por la información de que disponemos hasta el momento creemos será efectivo a unos 10 días.
A nivel estatal el Instituto de Crédito Oficial (ICO) actualmente a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España encuadrados en el sector turístico
PYMES y Autónomos – Medidas para el pago de impuestos
Aplazamientos de pago de impuesto devengados a partir del 13 de marzo de 2020 por lo que se pueden aplazar todos los impuestos del primer trimestre para evitar posibles tensiones en tesorería que puedan experimentar diferentes colectivos el Estado propone una flexibilización en materia de aplazamientos, concediendo durante seis meses esta facilidad de pago de impuestos a PYMES y autónomos previa solicitud, en unos términos equivalentes a una carencia de tres meses.
Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo (13/03/2020) y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.